Política de Conozca a su Cliente (KYC) de ScoreCM Ltd.
1. Finalidad
En ScoreCM Ltd., estamos comprometidos con el cumplimiento de todos los requisitos regulatorios y con la protección de nuestras operaciones frente a delitos financieros como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Nuestra política de Conozca a su Cliente (KYC) está diseñada para garantizar la integridad de nuestro sistema financiero.
2. Alcance
Esta política se aplica a todos los clientes y clientes potenciales de ScoreCM Ltd. Describe los procedimientos que seguimos para verificar las identidades de los clientes y asegurar prácticas comerciales legítimas.
3. Objetivos clave
Verificación de identidad: Verificamos la identidad de todos nuestros clientes para garantizar que sabemos quiénes son.
Comprensión de las actividades del cliente: Procuramos comprender la naturaleza de las actividades de nuestros clientes para asegurar que sean legítimas.
Evaluación del riesgo: Evaluamos el riesgo de lavado de dinero o financiación del terrorismo que presentan nuestros clientes.
Supervisión: Supervisamos continuamente las actividades de los clientes para detectar cualquier comportamiento sospechoso.
4. Programa de identificación de clientes (CIP)
Recopilación de información:
- Nombre legal completo
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad
- Domicilio y/o dirección comercial
- Documento de identificación (p. ej., pasaporte, documento nacional de identidad)
- Información de contacto (número de teléfono, dirección de correo electrónico)
- Procedimientos de verificación:
Verificación de la identidad mediante documentos, datos o información fiables e independientes.
Uso de servicios de verificación de terceros si fuera necesario.
Para las entidades corporativas, verificación del estatus legal de la entidad, incluida la estructura de propiedad y control, y la identidad de los beneficiarios finales.
5. Diligencia Debida del Cliente (CDD)
La diligencia debida del cliente (CDD) es el proceso de verificar la identidad de un cliente, evaluar su perfil de riesgo y supervisar sus transacciones para detectar actividades sospechosas. El nivel de diligencia debida requerido depende del nivel de riesgo del cliente.
Diligencia Debida Estándar (SDD):
- Aplicabilidad: Aplicable a todos los clientes.
- Finalidad: Obtener información básica de identificación (p. ej., nombre, dirección, fecha de nacimiento) y verificar su exactitud.
- Supervisión: Supervisión continua de actividades sospechosas.
Diligencia Debida Reforzada (EDD):
- Aplicabilidad: Aplicable a clientes de alto riesgo, como:
- Personas Expuestas Políticamente (PEPs)
- Personas Expuestas Políticamente (PEPs)
- Clientes de países de alto riesgo
- Finalidad: Obtener información adicional más allá de la identificación básica, incluyendo:
- Origen de los fondos
- Origen de la riqueza
- Finalidad de la relación comercial
- Naturaleza y nivel esperados de las transacciones
- Supervisión: Revisiones más frecuentes y exhaustivas de la relación con el cliente y de sus transacciones.
Diligencia Debida Simplificada (SDD):
- Aplicabilidad: Aplicada a clientes de bajo riesgo, como aquellos con:
- Transacciones pequeñas y poco frecuentes
- Relaciones establecidas con la institución
- Finalidad: Obtener información básica de identificación y realizar una evaluación de riesgos menos exhaustiva.
- Supervisión: Supervisión menos frecuente en comparación con la diligencia debida estándar o reforzada, debido a la debida diligencia.
6. Supervisión continua
Supervisión continua de las transacciones de los clientes para identificar y notificar actividades sospechosas.
Actualizaciones periódicas de la información del cliente y de las evaluaciones de riesgo.
Revisiones más frecuentes de las cuentas de alto riesgo.
7. Evaluación de riesgos
Evaluación del nivel de riesgo de cada cliente en función de factores como la ubicación geográfica, el tamaño y la frecuencia de las transacciones, y la naturaleza del negocio del cliente.
Uso de un enfoque basado en el riesgo para aplicar niveles adecuados de diligencia debida.
8. Conservación de registros
Mantenimiento de los registros de todos los documentos de identificación del cliente, los registros de transacciones y los procesos de diligencia debida durante al menos cinco años.
Garantizar que los registros sean accesibles y puedan recuperarse con prontitud a solicitud de las autoridades reguladoras.
9. Notificación de actividades sospechosas
Establecimiento de procedimientos para identificar y notificar las actividades sospechosas a las autoridades competentes.
Formación de todos los empleados para reconocer e informar actividades sospechosas.
10. Formación y concienciación
Impartición de formación periódica a los empleados sobre políticas de KYC, leyes AML y sobre cómo reconocer y reportar actividades sospechosas.
Actualización de los materiales de formación a medida que evolucionan las regulaciones y las políticas internas.
11. Revisión y actualizaciones
Revisión y actualización periódicas de la política de KYC para garantizar el cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes.
Incorporación de la retroalimentación procedente de auditorías regulatorias y de los cambios en el entorno de riesgos.
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